10 mar 2020

La odisea de actualizar el Proyecto Educativo del Centro (PEC) - (Antes de la LOMLOE)

Actualizar el Proyecto Educativo del Centro, (PEC), es una tarea demasiado compleja que, la mayoría de veces, se deja para otra ocasión.
El PEC es un documento en el que se refleja la autonomía pedagógica de cada centro. Allí se recogen el análisis del contexto que rodea al centro, los valores y objetivos que se han establecido como referencias y las líneas de actuación que se han diseñado para conseguir lo propuesto. 
El problema está en que, normalmente, se cumple con el trámite de conseguir el PEC mediante el "copia y pega". De esa forma se renuncia a la posibilidad de ejercer la autonomía pedagógica de forma efectiva y, sobre todo, se desaprovecha la ocasión de reflexionar y de definir la hoja de ruta que queremos seguir como centro educativo. 
No es una tarea fácil elaborar el PEC porque, entre otras cosas, no se ofrece formación, no se comparten modelos, y se carece de orientaciones, experiencias, herramientas ...
Después de haberlo trabajado con varios centros, llegamos a la conclusión de que el PEC debe ser un  documento que tenga una estructura y coherencia interna, para evitar que se convierta en la unión de partes inconexas. En ese sentido, pensamos que el PEC tiene tres bloques bien diferenciados: el análisis del contexto que rodea el centro, las referencias finales y, en tercer lugar, las líneas de actuación o elementos de transición que harán posible que se avance hacia los objetivos fijados. De esta forma, el PEC es eso, es la forma concreta en la que un grupo de personas es consciente de la realidad que le condiciona, elige un destino y define las estrategias para conseguirlo. 
Este es el esquema y la forma de trabajo que se proponen: 

Para acceder al esquema en formato pdf pulsa aquí.
La normativa actual que regula el PEC en la LOE/LOMCE: 
"Artículo 121. Proyecto educativo.
1. El proyecto educativo del centro recogerá los valores, los objetivos y las prioridades de actuación. Asimismo, incorporará la concreción de los currículos establecidos por la Administración educativa que corresponde fijar y aprobar al Claustro, así como el tratamiento transversal en las áreas, materias o módulos de la educación en valores y otras enseñanzas.
2. Dicho proyecto, que deberá tener en cuenta las características del entorno social y cultural del centro, recogerá la forma de atención a la diversidad del alumnado y la acción tutorial, así como el plan de convivencia, y deberá respetar el principio de no discriminación y de inclusión educativa como valores fundamentales, así como los principios y objetivos recogidos en esta Ley y en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación."










Share:
h

1 comentario:

  1. He entrado porque estoy cerca de comenzar un ciclo formativos a distancia, quiero sacarme un titulo profesional he visto algunos otros cursos pero este me llamo la atención, no se si tendrán referencia y puedan decidirme.

    ResponderEliminar